1. Quienes se pueden acoger a esta medida.
Cobrar el paro de golpe, es lo que se denomina "La capitalización del paro", no todo el mundo la puede solicitar, pero eso no quiere decir que tú puedas ser uno de los beneficiarios. Esta medida está un poco restringida, ya que, hecha la ley hecha la trampa, si todo el mundo se pudiera beneficiar, entonces cualquier persona que estuviera cobrando el paro, en el momento de recibir una oferta laboral, intentaría cobrar de golpe el paro. A ver, solo la pueden solicitar las personas que tengan derecho a recibir una prestación contributiva del desempleo (paro), que tengan por lo menos tres mensualidades pendientes de cobrar y quieran ejercer como socios trabajadores de una cooperativa, S.A, S.L., S.L.L., S.A.L o quieran realizar una actividad como empresarios individuales (Autónomos), o crear una sociedad mercantil. También, es necesario, no haber hecho uso de tal derecho en los cuatro años inmediatamente anteriores a la solicitud de la capitalización. El trabajador deberá iniciar la actividad en el plazo de un mes y darse de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social. Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Los minusválidos con derecho a recibir una prestación de paro y que quieran iniciar un actividad como empresarios individuales (Autónomos), tienen también derecho. 2. El Importe total de la subvención.
Un solo pago total o de la parte de la prestación contributiva que tenga derecho a cobrar (solo en ciertos casos). O pago mensual para abonar cuotas de autónomos a la Seguridad Social. 3. Los Plazos
Se puede solicitar durante todo el año, pero se suele tardar un mes desde que se pide hasta que es concedida. 4. Los Tramites
Se realizan em la delegación Territorial del Departamento de Trabajo. 5. Posibles opciones
Las siguientes opciones que te presentamos no son opcionales, por lo contrario, según características o situación actual te podrás optar por una o otra.
5.1 Opción1) Pago Avanzado del 100%. Creación de Cooperativas, S.A.L, S.L.L, o incorporación como socio (como máximo capital de la escritura que corresponda al socio capitalizador). Empresarios individuales (Autónomos) o socios que creen una S.C.P (siempre y cuando estos empresarios individuales o socios del S.C.P. tengan reconocida una disminución del 33%. 5.2 Opción 2) Pago único avanzado de hasta el 60% + resto capitalizado para pagar cuotas de la Seguridad Social. Empresarios Individuales (Autónomos) o socios que creen una S.C.P. (sin disminución). 5.3 Opción3) Capitalización mensual para pagar cuotas de autónomos. Todos los casos anteriores que no se quiera o no se pueda capitalizar con los sistemas anteriores (en caso de crear una SL o una SA es el único sistema posible). 6. Documentación. Guía de capitalización del INEM. |